Seguro obligatorio para patinetes eléctricos: qué cambia desde ahora y a quién afecta

Ojo en la movilidad urbana: una nueva norma cambia el uso diario del patinete

El patinete eléctrico se ha consolidado como uno de los medios de transporte más utilizados en las ciudades españolas. Práctico, económico y ágil, forma parte del paisaje urbano cotidiano y de los desplazamientos de miles de personas. Sin embargo, su rápida expansión ha ido acompañada de un debate constante sobre seguridad vial, responsabilidad y regulación, especialmente tras el aumento de accidentes en entornos urbanos.

Seguro obligatorio para patinetes eléctricos: qué cambia desde ahora y a quién afecta
Seguro obligatorio para patinetes eléctricos: qué cambia desde ahora y a quién afecta

En este contexto, la normativa sobre los vehículos de movilidad personal (VMP) continúa evolucionando. A partir del 26 de enero entra en vigor una medida que introduce un cambio relevante: la obligación de contar con un seguro para patinetes eléctricos en determinados supuestos. Una decisión que busca ordenar el uso de estos vehículos y clarificar las responsabilidades en caso de siniestro, sin alterar de forma generalizada su uso privado.

Seguro obligatorio para patinetes eléctricos: qué establece la nueva norma

Según la información publicada, la obligación del seguro obligatorio para patinetes eléctricos no se aplica de forma indiscriminada a todos los usuarios. La Dirección General de Tráfico (DGT) establece que el requisito afecta principalmente a los patinetes que se utilicen en servicios comerciales o profesionales, como los destinados al alquiler, al reparto de mercancías o a actividades económicas similares.

Seguro obligatorio para patinetes eléctricos: qué cambia desde ahora y a quién afecta
Seguro obligatorio para patinetes eléctricos

En estos casos, el seguro tiene como finalidad cubrir los daños personales y materiales a terceros que puedan producirse durante la circulación. Se trata de una cobertura similar a la que ya se exige en otros vehículos motorizados utilizados con fines profesionales, adaptada a las características de los VMP.

Por el contrario, los patinetes de uso estrictamente personal quedan, por el momento, excluidos de esta obligación a nivel estatal. No obstante, la normativa deja margen a que ayuntamientos y administraciones locales puedan imponer requisitos adicionales dentro de su ámbito de competencia, especialmente en grandes núcleos urbanos donde el uso de patinetes es más intenso.

La medida se enmarca en una estrategia más amplia de regulación del tráfico urbano, que ya contempla otras obligaciones para los patinetes eléctricos, como la prohibición de circular por aceras, la limitación de velocidad o la necesidad de respetar las normas generales de circulación. El seguro obligatorio se suma así a un conjunto de reglas destinadas a mejorar la convivencia entre peatones, ciclistas y conductores.

Desde el punto de vista del usuario, esta normativa introduce un escenario más definido en términos de responsabilidad civil, especialmente en actividades donde el riesgo es mayor por el número de kilómetros recorridos o por el uso intensivo del vehículo. Para las empresas, supone un nuevo requisito que deberá integrarse en la gestión habitual del servicio.

El debate sobre el futuro del patinete eléctrico y su encaje definitivo en la movilidad urbana sigue abierto. La introducción del seguro obligatorio en determinados casos marca un paso más hacia una regulación progresiva, que continúa adaptándose a un medio de transporte todavía en plena evolución.

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