Cuando una herencia llega, no todo es tan simple como parece’
Recibir una herencia suele estar asociado a un momento delicado, marcado por emociones y trámites administrativos. Más allá del aspecto personal, existe una cuestión fiscal que muchas personas descubren solo cuando se enfrentan a ella: el Impuesto de Sucesiones. Comprender cómo funciona este tributo en España es fundamental para evitar sorpresas y gestionar correctamente la transmisión de bienes.
El Impuesto de Sucesiones y Donaciones grava la adquisición de bienes y derechos por herencia, legado u otro título sucesorio. Se trata de un impuesto estatal cuya gestión y regulación práctica está cedida a las comunidades autónomas, lo que implica diferencias significativas en reducciones, bonificaciones y tipos aplicables según el lugar de residencia del fallecido o del heredero.
El Impuesto de Sucesiones es un tributo directo que deben pagar las personas físicas que reciben bienes o derechos tras el fallecimiento de otra persona. No lo abona la herencia como conjunto, sino cada heredero en función de lo que recibe y de su grado de parentesco con el fallecido.
La base imponible se calcula a partir del valor neto de los bienes heredados, es decir, descontando cargas y deudas deducibles. A partir de ahí, se aplican reducciones que pueden variar según factores como el parentesco, la discapacidad del heredero o la naturaleza de los bienes transmitidos. Posteriormente, se determina la cuota tributaria aplicando la tarifa correspondiente y los coeficientes multiplicadores establecidos por la normativa.
Uno de los aspectos más relevantes del Impuesto de Sucesiones en España es su carácter autonómico. Aunque existe una normativa estatal básica, cada comunidad autónoma puede establecer sus propias reducciones y bonificaciones. Esto explica por qué la carga fiscal puede ser muy diferente según el territorio. En algunas comunidades, las bonificaciones para familiares directos son elevadas, mientras que en otras el impacto económico puede ser mayor.
El plazo general para presentar y pagar el impuesto es de seis meses desde la fecha del fallecimiento, aunque es posible solicitar una prórroga dentro de los primeros cinco meses. Cumplir con los plazos es esencial para evitar recargos o intereses.
Además, es importante tener en cuenta que el impuesto se aplica tanto a residentes en España como, en determinados supuestos, a no residentes que heredan bienes situados en territorio español. Por ello, conocer la normativa aplicable en cada caso concreto resulta clave para una correcta planificación.
El Impuesto de Sucesiones continúa siendo uno de los tributos que más dudas genera entre los contribuyentes, especialmente por sus diferencias territoriales y por el impacto que puede tener en el patrimonio familiar, un elemento que invita a informarse con detalle antes de iniciar cualquier trámite hereditario.
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