Viernes, 26 de Abril de 2024
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Tipos de Despido. Despido Objetivo. Por causas económicas, organizativ

Tipos de Despido. Despido Objetivo. Por causas económicas, organizativ

Debemos destacar que el Ordenamiento Jurídico español, en concreto en el ámbito laboral, regula cuales son las diferentes formas de poner fin a una relación contractual y las formalidades que se deben seguir para llevarlas a cabo.

Pues bien, en esta entrada vamos a analizar las distintas calificaciones que puede tener el mismo acto, el despido: Improcedente, Procedente, Objetivo, Disciplinario, Nulo y Colectivo. En la entrada anterior, profundizamos respecto al Despido Objetivo y, en concreto, hicimos una breve introducción y comentamos respecto a su definición y requisitos. En esta ocasión, empezaremos a analizar las causas económicas, organizativas, técnicas y de producción, así como los requisitos necesarios.

CAUSAS ECONÓMICAS, ORGANIZATIVAS, TÉCNICAS O DE PRODUCCIÓN.

La normativa especifica que existirá fundamento para un Despido de tipo Objetivo cuando se produzca alguna de las siguientes causas:

Económicas.

Podemos decir que es el más habitual en la actualidad y lo ha sido durante todos los años de crisis. Se entiende que concurren causas de tipo económico cuando de los resultados de la Empresa se desprenda que su situación económica es negativa. Algunos supuestos de ello son la existencia de pérdidas actuales o previstas, así como la disminución de forma persistente de su nivel de ventas o ingresos ordinarios. Entenderemos por persistente si durante tres trimestres de forma consecutiva el nivel de ingresos ordinarios o de ventas es inferior en comparación con el registrado en el mismo trimestre del año inmediatamente anterior.

Técnicas.

Se entiende por causas técnicas cuando se producen cambios en el ámbito de los medios o instrumentos de producción, entre otros, lo cual suponga la necesidad de amortizar dicho puesto de trabajo. Por ejemplo, si la Empresa opta por la adquisición y uso de una línea de producción automatizada que sustituya al trabajo que llevan a cabo algunos operarios.

Organizativas.

Se entiende por causas organizativas cuando se produzcan variaciones en el ámbito de los sistemas y métodos de trabajo del personal o bien, en el modo de organizar la producción.

Producción.

Se entiende por causas relacionadas con la producción cuando se produzcan variaciones en la demanda de los productos o servicios que la Compañía pretende vender en el mercado.

REQUISITOS.

Una vez visto este tipo de causas, debemos destacar cuales son los requisitos que son de necesario cumplimiento para que estemos ante un Despido de tipo Objetivo. Son los siguientes:

  • Que se trate de una cifra de trabajadores despedidos por debajo de 10 en Empresas de menos de 100 trabajadores.
  • Que se trate de un porcentaje de trabajadores despedidos por debajo del 10 por ciento de la plantilla en Empresas de entre 101 y 300 trabajadores.
  • Que se trate de una cifra de trabajadores despedidos por debajo de 30 en Empresas de más de 301 trabajadores.

En caso de que se superaran estos límites ya no hablaríamos de Despido Objetivo, sino que nos encontraríamos ante un Despido de tipo Colectivo, el cual tiene un procedimiento de tramitación totalmente diferente.

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