Tipos de Contratos Laborales. Contrato Indefinido. Tipos de contratación. Apoyo a los emprendedores.

Tipos de Contratos Laborales. Contrato Indefinido. Tipos de contrataci

Empezamos analizando el Contrato Indefinido y, en concreto, su definición y requisitos. Pues bien, en esta ocasión, vamos a profundizar respecto a los distintos tipos de contratación de tipo indefinido que plantea y permite el Ordenamiento Jurídico laboral español.

TIPOS DE CONTRATACIÓN INDEFINIDA.

Por tanto, entre los distintos tipos de Contratos Indefinidos, se incluyen, en función de las fórmulas que se incluyan para condicionar la vinculación contractual:

  • Personas con discapacidad.
  • Personas con discapacidad en Centros Especiales de Empleo.
  • Personas con discapacidad procedentes de enclaves laborales.
  • Apoyo a los Emprendedores.
  • Joven por microempresas y empresarios autónomos.
  • Nuevo proyecto de emprendimiento joven.
  • A tiempo parcial con vinculación formativa.
  • De trabajadores en situación de exclusión social.
  • Víctimas de violencia de género, doméstica o víctimas de terrorismo.
  • De excluidos de empresas de inserción.
  • De mayores de 52 años beneficiarios de subsidios por desempleo.
  • Procedente de primer empleo joven de ETT.
  • Procedente de un contrato para la formación y el aprendizaje de ETT.
  • Procedente de un contrato en prácticas de ETT.
  • Del servicio del hogar familiar.
  • De conversión de contrato temporal en indefinido.

CONTRATO DE APOYO A LOS EMPRENDEDORES.

Este ha sido uno de los últimos contratos en llegar y lo hizo en el marco de la Reforma Laboral del año 2012 la cual, entre otras muchas cuestiones, pretendía fomentar la creación de empleo para autónomos, emprendedores y PYMES.

¿Qué características tiene el Contrato de apoyo a los emprendedores?

Debemos destacar que el Contrato indefinido de apoyo a los emprendedores tiene las siguientes características:

  • El empleado debe estar inscrito como desempleado para que puedan serle de aplicación las bonificaciones.
  • La contratación debe ser por tiempo indefinido, pudiendo ser a jornada completa o a tiempo parcial, y podrá tener un periodo de prueba de un año.
  • La empresa que le contrate debe tener menos de 50 trabajadores en plantilla, además de no haber hecho despidos improcedentes o colectivos en los 6 meses anteriores a la contratación.
  • Para mantener las bonificaciones, debe mantener al empleado contratado durante como mínimo 3 años.

Incentivos.

Este tipo de contratos cuentan con diversos incentivos. Vamos a ver cuáles son:

Incentivo Fiscal.

Cabe una deducción de tipo fiscal de 3.000 euros para el primer trabajador menor de 30 años que sea contratado por la empresa.

Incentivo fiscal para la contratación de desempleados.

Si se contrata a una persona desempleada que percibe su prestación por desempleo, la empresa tiene derecho a una deducción fiscal del 50 por ciento de la prestación que el trabajador tuviera pendiente de cobro, con un máximo de 12 mensualidades y siendo requisito para el empleado haber percibido, como mínimo, 3 meses de prestación. También cabe la posibilidad de que el trabajador compatibilice con su salario el 25 por ciento de la prestación que tuviera pendiente de percibir en el momento en que se produzca la contratación.

Bonificaciones en la Cuota Empresarial a la Seguridad Social para jóvenes.

Para aquellas edades que se encuentren comprendidas entre los 16 y los 30 años, cabe una bonificación de 83,33 euros al mes durante el primer año, 91,67 euros al mes durante el segundo y 100 euros al mes durante el tercero. Debemos tener en cuenta que todas estas bonificaciones podrán ser acumulables a otras a las que se pudiera optar hasta un máximo del 100 por cien de la cuota empresarial.

Bonificaciones en la Cuota Empresarial a la Seguridad Social para mayores de 45 años.

Se trata de una cuantía de 108,33 euros al mes. Para tener derecho a ella, deberá el trabajador haber estado inscrito en la Oficina de Empleo como mínimo, 12 de los últimos 18 meses.

Bonificaciones para Mujeres en sectores donde estén poco representadas.

La cuantía de la bonificación para las mujeres jóvenes es de 108,33 euros al mes y para las mayores de 45 años de 125 euros al mes.

Ampliación de las bonificaciones.

Debemos tener presente que todas estas bonificaciones son acumulables a otras a las que se pudiera tener derecho con el límite máximo del 100% de la cuota empresarial.

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