Viernes, 19 de Abril de 2024
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Tipos de Contratos Laborales. Bonificaciones a la contratación (Primer

Tipos de Contratos Laborales. Bonificaciones a la contratación (Primer

Empezamos analizando el Contrato Indefinido y, en concreto, su definición y requisitos. Pues bien, en esta ocasión, vamos a profundizar sobre un aspecto de notoria importancia, como son las bonificaciones a la contratación.

Empezaremos por definir las bonificaciones: son deducciones de la cuota que resultan de la aplicación de unos porcentajes concretos a la misma, teniendo como finalidad la reducción de los costes mensuales que deberán abonar las empresas a la Seguridad Social. El objetivo de éstas es el fomento de la contratación de trabajadores que pertenezcan a determinados colectivos de la Sociedad.

Si queremos acceder a ellas, deberemos tomar en consideración que debemos cumplir con una serie de requisitos y limitaciones:

  • Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones de tipo tributario y respecto a la Seguridad Social, con respecto a la fecha de alta de los trabajadores y durante la aplicación de las bonificaciones que pudieran corresponder.
  • El nuevo empleado que se contrate debe encontrarse en el momento de la contratación en situación de desempleo e estar inscrita como demandante de empleo en el SEPE (Servicio Público de Empleo).
  • Si el contrato de trabajo es a jornada parcial, solamente tendremos derecho a beneficiarnos de la parte proporcional de la bonificación, en función de la jornada.
  • No haber sido excluido del acceso a los beneficios derivados de la aplicación de los Programas de Empleo por la comisión de infracciones consideradas como muy graves, siempre y cuando no se encuentren prescritas.
  • Si sucediera el hecho de que pudiéramos ser beneficiarios de más de una bonificación, deberemos tener en cuenta que solamente podremos optar por elegir una de ellas.

¿Existen algunos colectivos cuya contratación pueda beneficiarnos en términos de bonificaciones?

Como hemos mencionado anteriormente, las bonificaciones están pensadas para fomentar la contratación por parte de las empresas de algunos colectivos sociales. El requisito que se debe cumplir, en este caso, es que el vínculo contractual sea de carácter indefinido. Vamos a ver a continuación qué colectivos son:

  • Mujeres víctimas de violencia de género.
  • Desempleados que sean menores de 30 años.
  • Personas que tengan algún tipo de discapacidad.
  • Personas que se encuentren en situación de exclusión social.
  • Personas que se encuentren en situación de exclusión social y que sean contratadas en empresas de inserción.
  • Víctimas del terrorismo.

Tarifa Plana a la contratación de trabajadores indefinidos.

Haciendo un poco de historia, debemos recordar que, en 2014, se aprobó una nueva medida normativa con el objetivo de incentivar la contratación en términos globales. El resultado fue la aplicación de la Tarifa Plana de 100 euros para cualquier tipo de empresa o empleador que contrate trabajadores de forma indefinida, con una ventaja adicional: así como en otros casos, habíamos comentado, en el caso de la edad, que existía un límite de 30 años, en éste tipo de bonificación no existe límite alguno a este respecto.

En marzo de 2015, esta modalidad de Tarifa fue sustituida por otra: la Tarifa reducida de 500 euros. Realmente, las bonificaciones que proporciona son inferiores a las de 2014 y, para la mayoría de ocasiones, oscilaría entre 100 y 200 euros.

De entre los requisitos a cumplir para poder beneficiarse, tanto de la Tarifa Plana de 100 euros como de la Tarifa Reducida de 500 euros, podemos destacar que esta contratación debe suponer un aumento de número de plantilla y debe mantenerse el nivel de empleo, como mínimo, durante 36 meses.

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