Sábado, 20 de Abril de 2024
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Registro Mercantil Central.

Registro Mercantil Central.

Primero de todo, debemos destacar que la organización registral en el ámbito mercantil en España está compuesta por el Registro Mercantil Central y por los Registros Mercantiles territoriales, instituciones que se encuentran bajo la dependencia del Ministerio de Justicia.

Los Registros Mercantiles territoriales se encuentran situados en cada capital de provincia, mientras que la sede actual del Registro Mercantil Central se encuentra ubicada en Madrid.

¿CUÁLES SON LAS FUNCIONES DEL REGISTRO MERCANTIL CENTRAL?

De acuerdo con lo previsto en su normativa reguladora, las funciones del Registro Mercantil Central son las siguientes:

  • La publicación del Boletín Oficial del Registro Mercantil.
  • El Archivo y publicidad de las denominaciones de Sociedades y Entidades Jurídicas.
  • La ordenación, tratamiento y publicidad a efectos informativos de los datos que recibe de los Registros Mercantiles territoriales.

Vamos a exponer un supuesto muy habitual en el cual hay que recurrir al Registro Mercantil Central: la solicitud de una Denominación Social, sea para la Constitución de una Sociedad o para el cambio de nombre de una ya existente. Para ello, el Registro emite una Certificación conforme el nombre solicitado se encuentra registrado o no.

¿CÓMO SE SOLICITA UNA DENOMINACIÓN SOCIAL?

En la solicitud deben consignarse los siguientes datos:

A.INTERESADO o BENEFICIARIO de la Certificación: la solicitud de certificación deberá incluir el nombre de uno de los fundadores o promotores.

Si se trata de una modificación de la Denominación, el interesado o beneficiario es la propia Sociedad o Entidad inscrita que pretende cambiar su nombre

B.DENOMINACIÓN SOCIAL: en cada solicitud de Certificación negativa, se consignarán hasta un máximo de cinco denominaciones, por orden de preferencia que se tenga. Siempre es recomendable poner varias opciones por si acaso el resto estuvieran ya registradas.

C.FORMA SOCIAL: en la Denominación Social deberá figurar la indicación de la forma Social o su abreviatura, esto es, si por ejemplo se trata de una Sociedad Anónima o Limitada (S.A. o S.L.).

Formas de presentación.

Las solicitudes se pueden presentar de varias formas distintas:

  1. De forma presencial en las oficinas del Registro Mercantil Central, a través de la formalización del correspondiente impreso de solicitud de Certificación.

Con la presentación, el Registro entrega al presentante un resguardo para que pueda recoger la certificación transcurridos cuatro días hábiles a contar desde el momento que se efectúa aquella.

  1. Por correo ordinario o mensajería: remitiendo la solicitud de Denominación Social a las oficinas del Registro Mercantil Central. Éste remitirá la certificación, favorable o desfavorable, a la dirección indicada en la solicitud contra reembolso.
  1. Por medios telemáticos: se deberá cumplimentar el impreso que aparece en la web del Registro Mercantil Central y enviarlo telemáticamente. Por esta misma vía el Registro facilita una referencia alfanumérica confirmando la recepción de la solicitud. Al día siguiente se remite por el mismo sistema telemático el número de presentación que le ha correspondido a la solicitud dentro del orden general de peticiones de Denominación Social. El Registro remitirá la certificación favorable o desfavorable por la vía que el usuario haya indicado en el formulario de solicitud.

En el plazo de tres días hábiles a contar desde la presentación de la solicitud, el Registrador Mercantil Central calificará si la composición de la denominación es ajustada o no a los criterios establecidos en la normativa vigente en cuanto esta cuestión se refiere.

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