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¿Qué está ocurriendo con las cláusulas suelo de las hipotecas?

¿Qué está ocurriendo con las cláusulas suelo de las hipotecas?

Antes de la crisis económica vivida en España cuando se compraban viviendas era habitual que se firmara hipotecas con cláusulas suelo. Estas cláusulas funcionan como límite mínimo respecto a los intereses de una hipoteca. Es decir, si baja el diferencial que se aplique (por lo general, el Euribor) por debajo del límite establecido en nuestra hipoteca no nos beneficiaremos de esas bajadas.

Cuando los intereses comenzaron a subir muchas personas se vieron en la imposibilidad de pagar la hipoteca y hubo gente que perdió su casa, pero cuando bajaron los intereses entraron en funcionamiento las cláusulas suelo y los hipotecados no se pudieron beneficiar de las bajadas.

En ese momento los perjudicados se unieron en asociaciones y reclamaron a los bancos por el dinero que habían cobrado de más debido a las cláusulas suelo.

El Tribunal Supremo reconoce la devolución de lo cobrado por los bancos

El Tribunal Supremo dictó una sentencia en febrero de 2015 por la que estableció la obligación de los bancos de devolver las cantidades cobradas de más por la cláusula suelo a partir de mayo de 2013, pero solo en los casos en los que existe una falta de transparencia en la información.

El Tribunal Supremo entiende que dichas cláusulas son «lícitas siempre que su transparencia permita al consumidor identificarlas como definidoras del objeto principal del contrato y conocer el real reparto de riesgos de la variabilidad de los tipos”.

La opinión de la Unión Europea

En el momento en que el Tribunal Supremo dictó la sentencia antes mencionada, la Unión Europea advirtió a los bancos españoles, a través de un comunicado no vinculante, que el suelo de las hipotecas es una cláusula abusiva y no solo desde mayo de 2013.

Finalmente, el Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea dicta una sentencia en diciembre de 2016 por la que reconoce que la retroactividad parcial de las cláusulas suelo es incompatible con el derecho de la Unión Europea y que, como consecuencia de lo anterior, los afectados deben cobrar todo lo que han pagado de más por las cláusulas suelo.

El Gobierno aprueba la reclamación extrajudicial y gratuita

El pasado viernes día 20 de enero el Gobierno aprobó un Real Decreto de protección a los consumidores en materia de cláusulas suelo por el que se establece el procedimiento para reclamar a los bancos lo cobrado de más por las cláusulas suelo, de forma gratuita y extrajudicial.

El procedimiento de reclamación está previsto que dure menos de 3 meses. Se inicia con una reclamación del consumidor a la que deberá responder el banco con el cálculo de la cantidad a devolver o los motivos por los que considera que no corresponde devolución por entender que la cláusula suelo no es opaca.

Si el consumidor está de acuerdo con la cantidad deberá manifestárselo al banco.

En el caso en que no se alcance un acuerdo con el banco, el consumidor podrá acudir a la vía judicial.

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