Jueves, 25 de Abril de 2024
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Los derechos de un autónomo que se pone enfermo

Los derechos de un autónomo que se pone enfermo

Esto no se debe a que los autónomos no enfermen, sino que suelen ser reacios a solicitar la baja debido al desarrollo de su actividad, ya que la baja puede suponer el cese de los ingresos, aunque sea temporal o la pérdida de clientes actuales o futuros. Pero hay situaciones en las que es inevitable pedir la baja, para esos casos, os vamos a explicar los aspectos más importantes a tener en cuenta.

Un trabajador que se pone enfermo tiene que solicitar la prestación por incapacidad temporal (IT), un subsidio que cubre la falta de ingresos mientras no pueda trabajar. Existen dos posibilidades:

  • La enfermedad común y el accidente no laboral (contingencias comunes).
  • La enfermedad profesional y el accidente laboral (contingencias profesionales).

Quien puede solicitar la baja.

Para poder solicitar el subsidio es necesario tener cotizado un mínimo de 180 días en los cinco años anteriores a la solicitud. Este límite no se aplica para los casos de enfermedad profesional o accidente laboral, en los que no se solicita un plazo mínimo de cotización.

La cotización por contingencias comunes es obligatoria desde 2007 para todos los inscritos en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). Sin embargo, la cobertura por contingencias profesionales es voluntaria, salvo para determinados tipos de autónomos.

Además el trabajador autónomo tiene que estar dado de alta como autónomo y al corriente de pago de las cuotas de la Seguridad Social.

Cuantía de la prestación.

La cuantía de la prestación depende de la base de cotización y de la causa de la incapacidad. Para enfermedades comunes y accidentes no laborales se percibe el 60% de la base del mes anterior; a partir del vigésimo día y hasta el momento del alta el importe sube hasta el 75%.

Se tiene derecho a la prestación sólo a partir del cuarto día de baja. Sólo en el caso de accidente laboral o enfermedad profesional se cobra las tres cuartas partes de la base desde el primer día de baja, siempre y cuando se haya cotizado por las contingencias profesionales.

Muchos autónomos no solicitan la baja porque se dan cuenta de la reducida cantidad que perciben.

Tramitación.

Para solicitar el subsidio hay que rellenar la solicitud (que está disponible on line) y presentarla junto con el documento de identidad, el justificante de pago de las cuotas de los últimos 3 meses, partes médicos y declaración de situación de actividad. La baja tiene una duración máxima de un año, prorrogable durante seis meses más.

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