Los aspectos básicos de las cláusulas suelo y techo de una hipoteca

Los aspectos básicos de las cláusulas suelo y techo de una hipoteca

Las hipotecas y los tipos de interés

Cuando un banco presta un dinero cobra un precio, ese precio es el tipo de interés. Por lo general, ese tipo de interés se calcula sobre la base del Euribor más un determinado porcentaje que se revisa cada cierto tiempo (anualmente o cada seis meses, habitualmente). En este caso hablamos de hipotecas a tipo variable.

En otros casos se puede pactar una hipoteca a interés fijo, es decir, que no varía a lo largo del periodo de duración de la hipoteca y que tiene la ventaja de que sabemos siempre cuánto vamos a pagar.

En base a los datos publicados en el mes de diciembre de 2016 por el Instituto Nacional de Estadística (INE) el 71,4% de las hipotecas que se constituyeron en octubre tienen un interés variable y el 28,6% un interés fijo. En las hipotecas a tipo variable, el Euribor es el tipo de referencia más utilizado con un 93,7%.

¿Qué son las cláusulas suelo y techo?

En las hipotecas con interés variable se solía incluir por parte de los bancos una cláusula suelo y una cláusula techo que funcionan como techo máximo o mínimo a las variaciones de los intereses calculados en base al Euribor.

Durante los años anteriores a la crisis económica los tipos de interés subieron bastante, en algunos casos hasta un 5%, y las cláusulas suelo no se activaron, pero en los últimos años a medida que han ido bajando los tipos de interés las cláusulas suelos se han aplicado y muchas hipotecas han tenido un límite en la bajada.

En ese momento muchas personas comenzaron a tener dificultades económicas y al revisar sus contratos de hipoteca se dieron cuenta de que se regulaban las cláusulas suelo, por lo que reclamaron a los bancos a través de asociaciones y despachos de abogados.

En el pasado mes de diciembre el Tribunal de Justicia de la Unión Europea sentenció que los bancos españoles deben devolver el dinero cobrado debido a las cláusulas suelo abusivas, puesto que considera que es incompatible con el derecho de la Unión devolver solo los importes hasta mayo de 2013 que fue la fecha en la que los tribunales españoles anularon las cláusulas suelo.

Es decir, se ha aprobado la retroactividad respecto al año 2013 para poder reclamar lo indebidamente cobrado por los bancos como consecuencia de las cláusulas suelo en las hipotecas.

Como consecuencia de todo lo anterior PP y PSOE alcanzaron un acuerdo sobre el mecanismo para que los afectados por las cláusulas suelo y las entidades de crédito puedan alcanzar un acuerdo extrajudicial. Se espera que dicho mecanismo sea aprobado por Real Decreto.

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