El nuevo ejercicio fiscal trae consigo el nuevo régimen de IVA de Caja, al que pueden acogerse empresas y autónomos y que, en esencia, consiste en que la empresa solo debe liquidar el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) una cobrada la factura, no en el momento de emitirla, como ocurría hasta ahora con el criterio de devengo.
Sin embargo, a solo unos días de empezar su aplicación, las voces críticas no paran de alzarse contra la regulación. Éstas son las principales sombras que se ciernen sobre el nuevo IVA de Caja:
El consultor Alfonso Ros explica que solo está recomendando acogerse al régimen de IVA de Caja a aquellos clientes que trabajan con la Administración, dado que ésta “tarda demasiado en pagar”. Ros considera que la puesta en marcha de este nuevo sistema es “prematura” y que “complica más mantener una contabilidad diaria y exige más contabilidad”.
El director financiero de Gedesco, Ernesto Bernia, añade que el nuevo régimen de IVA de Caja falla por estar “excesivamente reglamentado” y que pone límites a su uso incluso entre muchas empresas que trabajan con la Administración debido al requisito de no facturar más de 100.000 euros a un solo cliente.
La Confederación Empresarial Valenciana (CEV) ha celebrado una jornada sobre esta nueva regulación. El secretario general de la CEV, Ricardo Miralles, ha afirma que “los empresarios pensábamos en un sistema general, para todos y no opcional, dos características que pueden restar entusiasmo en la acogida”.
Hace solo unos días el presidente de ATA, Lorenzo Amor, se lamentaba del bajo número de empresarios que se acogerán al nuevo régimen de IVA debido a la falta de promoción por parte de la Agencia Tributaria para que empresas y autónomos se acojan.
De hecho, todos los empresarios que quieran utilizar el criterio de caja en el IVA del ejercicio de 2014, tienen hasta el 31 de diciembre para poder solicitar pasar al régimen de IVA de Caja. En caso contrario, deberá esperar un año para poder aplicarse la medida.