Jueves, 25 de Abril de 2024
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Emprendedor de Responsabilidad Limitada. Obligaciones.

Emprendedor de Responsabilidad Limitada. Obligaciones.

A ello hubo que añadir la gran dificultad de encontrar un nuevo puesto de trabajo. Por ello, muchas de estas personas optaron por considerar la vía del autoempleo como una buena salida. Es por ello que, la figura del trabajador autónomo tomó una nueva dimensión desde ese momento, dado que se produjo un gran número de altas. Ahora bien, en el año 2013 y, en aras de potenciar el mencionado autoempleo, el legislador español creó la denominada Ley de Emprendedores, lo cual suponía una mayor facilidad de tramitación. Además de ello, entre otras cuestiones, reguló la figura denominada Emprendedor de Responsabilidad Limitada. Vimos en la entrada anterior, cuál era su definición, así como los requisitos que se deben cumplir. En esta ocasión, vamos a ver a continuación cuáles son las obligaciones.

¿Cuáles son las obligaciones que tiene el Emprendedor de Responsabilidad Limitada?

Como ya hemos anunciado, el Régimen del Emprendedor de Responsabilidad Limitada lleva aparejadas una serie de obligaciones. Son las siguientes:

  • El Emprendedor de Responsabilidad Limitada está obligado a llevar a cabo la inscripción en el Registro Mercantil, en la cual deberán constar los datos que hagan referencia a su domicilio. Así será como se haga referencia al inmueble, sea de titularidad propia o cotitularidad, que se pretende excluir de la responsabilidad de las eventuales deudas que se pudieran contraer fruto del desarrollo de la actividad empresarial.
  • El Emprendedor de Responsabilidad Limitada deberá hacer constar en toda su documentación que ostenta dicha condición o, en su defecto, deberá añadir a su nombre, apellidos y datos de identificación fiscal, las correspondientes siglas ERL.
  • Aquellos Emprendedores que hayan optado por llevar a cabo la constitución de Sociedades de tipo Unipersonal de Responsabilidad Limitada deberán formular y, si así fuera necesario, someter a auditoría las Cuentas Anuales correspondientes a su actividad y, en consecuencia, depositarlas en el Registro Mercantil. En caso de no hacerlo en el plazo correspondiente, esto es, siete meses a contar desde el cierre del ejercicio, perderá la condición de Emprendedor de Responsabilidad Limitada en relación con las deudas contraídas con posterioridad al fin de dicho lapso de tiempo.
  • Aquellos Empresarios y profesionales que opten por la tributación bajo el Régimen de Estimación Objetiva, esto es, los conocidos como Módulos, podrán cumplir con sus obligaciones contables y de Depósito de Cuentas de forma recurrente, así como mediante el depósito de un modelo de tipo estandarizado con información de tipo fiscal y mercantil.

Por tanto, vemos que tiene sus ventajas el ostentar la condición de Emprendedor de Responsabilidad Limitada. Ahora bien, como es habitual, todo derecho lleva inherente una o varias obligaciones que deben cumplirse y, como hemos analizado, su incumplimiento puede acarrear la pérdida de dicho estatus y, por tanto, implicaría que los bienes que se han protegido excluyéndolos de la responsabilidad por las deudas, podrían ser ejecutados por los acreedores como medida para el cobro de sus créditos.

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