Sábado, 20 de Abril de 2024
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El IVA en e-Commerce. Funcionamiento.

El IVA en e-Commerce. Funcionamiento.

Pues bien, es lógico preguntar si, por ejemplo, una App que es adquirida por una Empresa, tiene dicha compra el mismo régimen tributario o no. Podemos decir que toda la normativa referente a esta modalidad del Impuesto sobre el Valor Añadido para el sector del Comercio Electrónico queda acotado al ámbito de las transacciones entre particulares, quedando, por tanto, excluido para las Personas Jurídicas. ¿Cuál es el funcionamiento para éstas? En este caso entra en juego la figura de la Inversión del Sujeto Pasivo, por la cual no tendrán que pagar Impuesto sobre el Valor Añadido o pagarán un 0 por ciento.

Inversión del Sujeto Pasivo.

Vamos a hacer un breve repaso del funcionamiento de esta figura jurídica. Se produce cuando es el propio empresario que presta el servicio o realiza la entrega del bien quien pasa a ser Sujeto Pasivo del Impuesto. En una operación que no fuera de e-Commerce, sería el receptor quien se encontraría en la posición de Obligado Tributario.

Ahora bien, si la Empresa receptora no se encuentra dentro del territorio de la Unión Europea, deberemos aplicar a nuestra factura el IVA del país de destino.

También debemos tener en cuenta que la Unión Europea cuenta con un Organismo en cada país, en el que nos podemos registrar y podremos resolver nuestras dudas, además de cargar nuestras facturas.

Por tanto, vemos que, de igual forma que en la normativa española de protección de los Consumidores, se distingue entre Personas Físicas y Jurídicas, quedando estas últimas no protegidas con el mismo nivel de cobertura.

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