Con el nuevo sistema de liquidación de cuotas empresariales

Pymes y grandes empresas reducirán sus cargas de la Seguridad Social

La norma, entrará en vigor a partir de este trimestre, de forma progresiva, porque las pymes, necesitarán realizar un gran esfuerzo de formación y de tecnología para poder adaptarse a la nueva reglamentación.

Este nuevo sistema de liquidación de cuotas empresariales a la Seguridad Social, además de suponer un ahorro para las empresas, sustituirá el actual modelo de autoliquidación por uno de facturación.

Esto, permitirá un control integrado de la recaudación, basado en el cálculo previo de la Administración de las cuotas de cada trabajador, que además aportará mayor información a empresas y trabajadores, incluyendo bonificaciones, exenciones o minoraciones de tipo.

La Seguridad Social dispondrá de hasta 171,22 millones de euros adicionales al acabar con las cotizaciones inferiores a lo debido y la aplicación indebida (en exceso o en defecto) de las deducciones.

El Gobierno prevé que el nuevo sistema se vaya introduciendo de forma paulatina, empezando por el Régimen General, para luego ir ampliándolo a otros regímenes de la Seguridad Social, con un coste de mantenimiento de unos 5,78 millones de euros anuales.

Caja única de la Seguridad Social

Para el Gobierno esta ley supone “un cambio de gran envergadura” que variará, de forma sustancial, la relación entre Seguridad Social, empresas y ciudadanos, beneficiando a todas las partes. La caja única, es junto con el principio de solidaridad financiera, una de las bases de la Ley General de la Seguridad Social y resulta “coherente, oportuno y necesario ejecutar sus funciones”.

Acceso al padrón

Con las enmiendas introducidas, se obliga al Instituto Nacional de Estadística (INE) a facilitar información del Padrón Municipal a las entidades gestoras de la Seguridad Social, que lo soliciten para mejorar el control público sobre las prestaciones sociales.

Para ello, no será necesario el consentimiento previo del interesado, si bien esta comunicación sólo podrá realizarse “en el marco de las funciones de gestión de prestaciones” y, sin perjuicio, de la reserva de datos regulada por la Ley General de la Seguridad Social.

También se posibilita que la tramitación electrónica de prestaciones no se limite al desempleo, sino que se aplique a cualquiera de las pensiones no contributivas.

Tablón de la Seguridad Social

Se prevé la implantación del tablón edictal “único y gratuito” a través del BOE, el cual no tendrá efectos hasta el 1 de junio de 2015, deberá ser utilizado por todas las administraciones para notificar actos administrativos cuando el sujeto sea conocido, se ignore el lugar o el medio para realizar la notificación o no se hubiera podido practicar.

A pesar de ello, el tablón seguirá siendo utilizado para los anuncios, acuerdos, resoluciones y comunicaciones emitidos por dicha administración y por cualquier otra información de interés general.

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