En la presente convocatoria los préstamos tendrán un tipo de interés del 3,74%, y deberán ser reintegrados en el plazo de 5 años, incluidos 2 años opcionales de carencia.
El pago de las ayudas, por el importe total del préstamo concedido, tendrá carácter anticipado.
El importe de los préstamos será de hasta un máximo del 75% del presupuesto financiable del proyecto, sin que la cantidad financiada pueda superar la cifra de 1.000.000 de euros o la cifra del neto patrimonial acreditado de la empresa en el momento de la solicitud.
Las ayudas se destinarán a cubrir los gastos que estén directamente relacionados con el desarrollo del proyecto o actuación para el que se hayan concedido. Serán subvencionables las siguientes categorías de gastos:
a) Gastos de personal.
b) Costes de instrumental y material inventariable, en la medida y durante el período en que se utilice para el proyecto.
c) Costes de investigación contractual, conocimientos técnicos y patentes adquiridas u obtenidas por licencia de fuentes externas a precios de mercado.
d) Se establece la compensación de los gastos generales y su imputación al proyecto en un tanto alzado máximo del 10% de los costes totales de personal del proyecto, sin necesidad de justificación.
e) Otros gastos de funcionamiento, incluidos costes de material, suministros y productos similares que se deriven directamente de la actividad del proyecto.
Requisitos:
Los solicitantes de estas ayudas deberán acreditar, como condición de solvencia económica en el momento de presentación de su solicitud que la suma de sus bienes y derechos, incluyendo créditos frente a terceros es superior a la suma de sus deudas incrementada en un 50%.