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Declaración de la Renta 2014: Preguntas habituales (FAQ)

Declaración de la Renta 2014: Preguntas habituales (FAQ)

¿Qué fechas debo conocer?

Desde este 7 de abril está abierto el plazo para descargar y confirmar el borrador de la Declaración de la Renta de 2014. Tendrás hasta el 30 de junio para confirmar el borrador por vía telemática, si sale a devolver. Si sale a ingresar quieres domiciliar el pago, tendrás hasta el 25 de junio. Para el resto de vías de confirmación, el plazo será del 11 de mayo al 30 de junio.

¿Cómo puedo confirmar el borrador?

Puedes confirmar tu borrador de la Renta 2014 a través de la web de la Agencia Tributaria, accediendo con tus claves, DNI electrónica o con la casilla 415 de la declaración de 2013. También puedes confirmarla a través de un SMS al teléfono 638 44 41 47 con tu NIF y el número de referencia del borrador, o con una llamada con esos mismo datos al teléfono 901.200.345 o 901.121.224. Finalmente, puedes confirmar el borrador de forma presencial en las delegaciones de la Agencia Tributaria.

¿Cuáles son los errores más habituales en el borrador?

Las principales informaciones erróneas que aparecen en los borradores y datos fiscales que envía la Agencia Tributaria se refieren a:

  1. Datos personales y familiares. Si te has casado, divorciado o has tenido un niño durante el ejercicio fiscal es más que probable que tu nueva situación no aparezca en los datos de que dispone Hacienda.

  2. Subvenciones. Algunos tipos de subvenciones y ayudas públicas, como el Plan PIVE, suponen un incremento patrimonio que debe ser declarado. Aclara estos extremos con un especialista para evitar problemas con la inspección.

  3. Vivienda habitual. Aunque las subvenciones por compra de vivienda habitual se retiraron en 2013, quienes adquirieron su casa previamente y pagan una hipoteca tienen derecho a una deducción del 15% con un límite de 9.040 euros.

  4. Alquileres. Las ganancias por alquilar una vivienda deben tributar pero la Agencia Tributaria no suele recoger estos datos en el borrador.

¿Cuáles son las principales deducciones?

Debes estar especialmente atento a determinadas deducciones que pueden tener un impacto muy importante en el resultado final de la Declaración de la Renta de 2014:

  1. Planes de pensiones. Las aportaciones a planes de pensiones suponen una reducción directa de la base imponible, por lo que es una de las vías más efectivas de reducir la factura de Hacienda.

  2. Alquileres. Tanto los arrendadores como los arrendatarios tienen derechos a deducciones por el alquiler de viviendas. En el caso de quien alquila la vivienda esta deducción está limitada a rentas de hasta 24.107 euros.

  3. Hijos. Los mínimos exentos se ven afectados por la llegada de un nuevo miembro a la familia. Además puedes aplicarte deducciones por maternidad entre otros conceptos.

  4. Cuentas ahorro empresa. Funcionan como las antiguas cuentas vivienda. Puedes deducirte el 15% del dinero que guardes para futuras empresas con un límite de 9.000 euros anuales.

  5. Donaciones. Los donativos a ONG’s y organizaciones declaradas de utilidad pública permiten aplicare una deducción del 25% en la declaración de la Renta. En los programas prioritarios de mecenazgo, esta deducción alcanza el 30%.

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