Viernes, 26 de Abril de 2024
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Cláusulas ilegales en un contrato de alquiler de vivienda

Cláusulas ilegales en un contrato de alquiler de vivienda

Firmar un contrato de alquiler de una casa es muy habitual y, sin embargo, es algo en lo que tenemos que tener cuidado y conocer mínimamente la Ley de arrendamientos urbanos. Además, para actuar con seguridad lo más aconsejables es que contrates a un abogado especializado en arrendamientos.

Las cláusulas que se pueden considerar ilegales son las que regulen lo siguiente:

Las que establezcan la no prórroga del contrato. En los contratos de arrendamiento de vivienda la duración, según establece la ley, se regula libremente por las partes y si en el contrato se dice que la duración es de 7 meses, se deberá prorrogar, por aplicación de la ley por plazos anuales hasta que alcance 3 años de duración.

Las que permiten acceder al propietario a la vivienda cuando lo desee. Una vez que alquilas la casa y te dan las llaves es tu domicilio y, por lo tanto, el propietario no puede entrar salvo que tú lo autorices expresamente.

Las que regulan la no devolución de la fianza. La fianza se entrega por el inquilino al propietario por un importe de un mes de renta para las viviendas en el momento de la firma del contrato y debe ser devuelta al finalizar el contrato salvo que tenga que aplicarse a algún incumplimiento (falta de pago de la renta, desperfectos en la vivienda imputables al inquilino etc.).

Las que imponen al inquilino el pago por adelantado de más de un mes. En algunas ocasiones el propietario puede exigir que se le pague un año por adelantado, pero este pacto va en contra de la ley puesto que en base a esta, el arrendador no puede exigir el pago por adelantado de más de una mensualidad de renta.

Las que obligan al inquilino a hacer reparaciones relativas a la habitabilidad. La principal obligación del propietario de una vivienda es mantenerla en condiciones de habitabilidad, por lo tanto, no es válido el pacto por el cual se impone al inquilino dicha obligación. Por ejemplo, no se puede imponer al inquilino que repare la caldera, puesto que es un elemento que afecta a la habitabilidad.

Las que establecen un año de obligado cumplimiento. Suele ser habitual que se pacte en los contratos que el primer año de duración es de obligado cumplimiento y se regule una indemnización para el caso en que el inquilino resuelva antes el contrato. En base a lo regulado en la Ley de Arrendamientos Urbanos son obligatorios los seis primeros meses y la indemnización en caso de resolución es la que regula la ley, tanto si se resuelve el contrato por el inquilino durante esos 6 primeros meses como después.

¿Cómo evitar las cláusulas nulas?

La única forma de evitar las cláusulas nulas es conocer el contenido de la Ley de Arrendamientos Urbanos en relación a los contratos de arrendamiento de vivienda y buscar el asesoramiento de un abogado especializado. Lee bien el contrato antes de firmar y pregunta a tu abogado sobre cualquier duda que te surja para conocer cuáles son tus derechos y obligaciones.

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