Calendario del Contribuyente: los Impuestos de Julio.

Calendario del Contribuyente: los Impuestos de Julio.

HASTA EL DIA 12 DE JULIO.

  • Presentación de la Declaración INTRASTAT.

HASTA EL 20 DE JULIO.

  • Modelos 111, 115, 117, 123, 124, 126, 128, 136 y 230: presentación y pago, si procede, de Retenciones e Ingresos a Cuenta respecto al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre Sociedades relativos al mes de Junio para las Sujetos Pasivos Gran Empresa, así como respecto al Segundo Trimestre de 2016 para aquellos que no tengan dicha consideración, de los siguientes rendimientos:
  • Trabajo.
  • Premios
  • Determinadas Ganancias Patrimoniales e Imputaciones de Renta.
  • Ganancias derivadas de acciones y participaciones en Instituciones de Inversión Colectiva.
  • Rentas de Arrendamientos de Inmuebles Urbanos.
  • Rentas de Capital Mobiliario.
  • Rentas de Personas Autorizadas y Saldos en Cuentas.
  • Modelos 130 y 131: presentación y pago, si procede, de Pagos Fraccionados del Segundo Trimestre de 2016 respecto para aquellos Contribuyentes sujetos a los Regímenes de Estimación Directa y Estimación Objetiva.
  • Modelos 303, 308, 309, 322, 340, 341, 349, 353, 368 y 380: presentación y pago, si procede, de las siguientes declaraciones relativas al Impuesto sobre el Valor Añadido respecto al mes de Junio de 2016, así como en relación al Segundo Trimestre:
  • Autoliquidación.
  • Solicitud de Devolución de Recargo de Equivalencia y Sujetos Pasivos Ocasionales.
  • Declaración-Liquidación no periódica.
  • Modelo Individual para Grupo de Entidades.
  • Operaciones incluidas en los Libros Registro del IVA e IGIC, así como otro tipo de operaciones.
  • Reintegro de compensaciones en el Régimen Especial de Agricultura, Ganadería y Pesca.
  • Operaciones Intracomunitarias.
  • Grupo de Entidades, Modelo Agregado.
  • Servicios de Telecomunicaciones, radiodifusión o televisión y electrónicos.
  • Operaciones Asimiladas a las Importaciones.
  • Modelo 430: presentación y pago, si procede, del Impuesto sobre las Primas de Seguros relativo al mes de Junio de 2016.
  • Modelos 506, 507, 508, 521, 522, 547, 524 y 572: presentación y pago, si procede, de Impuestos Especiales de Fabricación, correspondientes al Segundo Trimestre de 2016.
  • Modelos 553, 554, 555, 556, 557, 558, 561, 562 y 563: presentación y pago, si procede, de Impuestos Especiales de Fabricación, correspondiente a los Sujetos Pasivos que tengan consideración de Gran Empresa, respecto a las operaciones efectuadas en Abril 2016.
  • Modelos 548, 566, 570, 580 y 581: presentación y pago, si procede, de Impuestos Especiales de Fabricación, correspondiente a las operaciones efectuadas en Junio 2016 para aquellos sujetos que no tienen la consideración de Gran Empresa.
  • Modelo 510: presentación de Declaración de Operaciones por los destinatarios registrados, representantes fiscales y receptores autorizados.
  • Modelo 560: presentación y pago, si procede, del Impuesto sobre la Electricidad correspondiente a Junio de 2016, en el caso de las Grandes Empresas, así como respecto al Segundo Trimestre de 2016 para aquellos contribuyentes que no tengan la consideración de Gran Empresa.
  • Modelo 585: presentación y pago, si procede, del Pago Fraccionado de Impuestos Medioambientales correspondiente al Segundo Trimestre.
  • Modelo 595: presentación y pago, si procede, del Segundo Trimestre de Impuesto sobre el Carbón correspondiente al Segundo Trimestre.

HASTA EL 25 DE JULIO.

  • Modelo 200 y 220: presentación y pago, si procede, de la Declaración Anual correspondiente del 2015 del Impuesto sobre Sociedades e Impuesto sobre la Renta de no residentes (Establecimientos Permanentes y Entidades en Atribución de Rentas constituidas en el Extranjero con presencia en territorio español) para aquellas entidades cuyo período impositivo coincida con el año natural. Para el resto de entidades, será en los 25 días naturales siguientes a los seis meses posteriores al fin del período impositivo.

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