Viernes, 26 de Abril de 2024
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Bonificación de 500 euros de la Seguridad Social. ¿Me Interesa?

Bonificación de 500 euros de la Seguridad Social. ¿Me Interesa?

¿En qué consiste la bonificación?

Con la medida, aprobada por el Gobierno para impulsar la contratación indefinida de trabajadores por parte de las empresas, el empresario no pagará a la Seguridad Social por los primeros 500 euros de la base de cotización de ese contrato, en concepto de contingencias comunes.

En este sentido, las empresas deberán pagar un 23,6% de la base de cotización del trabajador. Por ejemplo, sí el salario es de 1.000 euros, se cotiza, sin la ayuda, por 236 euros. Al aplicarle el porcentaje bonificado, el empleador pagará a la Seguridad Social un total de 118 euros, con lo que se ahorraría al año una cantidad importante, de 1.416 euros en total.

Compatibilidad con otras ayudas

La empresa que se acoja a la bonificación quedará exenta de esa cantidad, pero continuará pagando por otras contingencias comunes, como es el caso de desempleo, formación profesional, Fogasa y horas extras, a las que se suman las contingencias profesionales.

Además, las empresas deben plantearse, si realmente, la bonificación de los 500 euros, supone un ahorro o no para ellas, dado que la ayuda es incompatible con otras existentes, como:

1-Pagar una tarifa más reducida a la Seguridad Social al contratar a un trabajador de forma indefinida.

2-Ayudas por el paso de un contrato temporal a indefinido.

Para que las empresas puedan acogerse a ambas bonificaciones a la vez, el contratado debe:

-Ser beneficiario del Sistema de Garantía Juvenil, que al empresario le beneficiará no sólo en la bonificación de los 500 euros sino también en una ayuda de 300 euros mensuales.

-Qué el nuevo trabajador esté dentro del Programa de Activación para el Empleo.

-También podría ser compatible con la bonificación por conciliación familiar para autónomos.

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