Viernes, 19 de Abril de 2024
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¿Quién paga el IBI cuando se vende un inmueble?

¿Quién paga el IBI cuando se vende un inmueble?

Qué es el IBI y qué es lo que grava

El IBI es un impuesto de carácter municipal que grava el valor de los bienes inmuebles y de los derechos que recaen sobre los mismos y que estén situados dentro del término municipal del ayuntamiento que recauda el tributo.

El IBI lo tendrá que pagar la persona física o jurídica que sea titular de alguno de los siguientes derechos sobre un bien inmueble:

  • Un derecho de propiedad.
  • Un derecho de usufructo.
  • Un derecho de superficie.

En este sentido, debemos destacar que existen determinados inmuebles que están exentos del pago del IBI como los que son propiedad del Estado, las Comunidades Autónomas, los bienes comunales, los bienes propiedad de la Iglesia Católica o de la Cruz Roja, los inmuebles rústicos y los urbanos cuya cuota líquida no supere la cuantía de 6 euros, entre otros.

Quién paga el IBI

El devengo del impuesto se produce el 1 de enero de cada año, por lo que el obligado a pagar el IBI será el que sea propietario en dicha fecha. Puede darse el caso de que yo sea propietario a 1 de enero de un piso y lo venda en marzo. En la escritura de compraventa es posible pactar que se prorratee el IBI de forma que cada parte asuma el coste del tiempo durante el que ha sido propietaria. En mi caso, yo debería pagar el IBI hasta marzo y el comprador de abril en adelante.

Sin embargo, aunque estos pactos son posibles, a la Agencia Tributaria no le afectan estos pactos y frente a ella el obligado al pago siempre será el propietario a 1 de enero de cada año. Por lo tanto, si pacto con el comprador el prorrateo del IBI y éste no me lo paga, tendré que hacer frente al 100% del pago y, posteriormente, reclamar al comprador.

Cuando se realiza una compraventa, además, hay que solicitar el justificante de pago de los últimos recibos del IBI porque en el caso en que el obligado al pago no pague, el bien inmueble queda afecto al pago y esto podría afectar al comprador.

El pago del IBI se realiza entre el 1 de octubre y el 30 de noviembre de cada año, aunque si se realiza la domiciliación del recibo los plazos de pago pueden ser diferentes y el algún caso se puede pagar a plazos, dependiendo del ayuntamiento.

El pago del IBI se puede realizar de diversas formas: domiciliación bancaria, mediante el pago en ventanilla en el banco, por internet, con tarjeta de crédito. En cada municipio se deberán consultar los medios de pago disponibles.

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