¿Qué cuestiones hay que modificar en el Borrador del IRPF? Cuotas Sindicales, Datos Personales y Familiares, Deducciones, Discapacidades...

¿Qué cuestiones hay que modificar en el Borrador del IRPF? Cuotas Sind

Pues bien, vimos el Arrendamiento de Vivienda Habitual y en esta ocasión profundizaremos sobre las Cuotas Sindicales, los Datos Personales y Familiares, las Discapacidades, la Deducción por Maternidad, los Planes de Pensiones y la Deducción por Obras de Mejora.

Datos de tipo Personal y Familiar.

Lógicamente, si nuestra situación personal ha variado respecto a ejercicios anteriores, deberemos comunicarlo. Lo más habitual es que Hacienda no tenga conocimiento de si, por ejemplo, nos hemos casado o divorciado, así como si nos hemos quedado viudos o hemos sido padres. Por ello, debemos tener muy presente que no hay correlación entre el Modelo 145 de Retenciones con el Borrador, en el sentido de que por mucho que consignemos las modificaciones a la Empresa, Hacienda puede no reflejar dichos cambios.

A pesar de ello, debemos tener en cuenta que, en términos fiscales, Hacienda toma en consideración la situación que tengamos a 31 de diciembre, no los cambios que hayamos vivido a lo largo del año siguiente. Por ejemplo, si nuestro hijo ha nacido en 2016, no lo pudimos incluir en la Declaración de la Renta presentada en Mayo-Junio de este año referida al Ejercicio 2015. También deberemos tomar en consideración el hecho de que, si ha cambiado nuestra situación, podemos tener derecho a deducciones tales como los 1.200 euros por maternidad, así como deducciones por paternidad que ofrecen algunas Comunidad Autónomas.

Cuotas Sindicales.

Aquellas aportaciones que se hagan, tanto a Partidos Políticos como a Sindicatos son deducibles, pero Hacienda no suele reflejarlo, puesto que desconoce los importes que el contribuyente está abonando por este concepto.

Lo mismo sucede con las Cuotas Colegiales, siempre y cuando se trate de un requisito para poder trabajar, como sería el caso de Abogados o Arquitectos, por citar algunos ejemplos.

Discapacidades.

En este caso y con la misma filosofía que el punto anterior, es altamente interesante que los contribuyentes que tengan alguna minusvalía comprueben que está debidamente aplicada, además de que comprueben mediante el Borrador si se les están aplicando las desgravaciones a las que tienen derecho, no solo a nivel estatal, sino también autonómico.

Cuando hablamos de este tipo de comprobación, también nos referimos a aquellos contribuyentes que tienen ascendientes o descendientes con minusvalía y que, en el supuesto de que convivan con ellos, deberán ver modificado sus mínimos personal y familiar.

Deducción por Maternidad.

Estos datos no aparecerán por defecto, puesto que Hacienda puede tener constancia de cuando ha nacido el hijo/a, en base a los datos proporcionados por el propio contribuyente, pero no podrá tener conocimiento de cuando se ha empezado a percibir la prestación, así como si se ha hecho de forma anticipada mensual.

Planes de Pensiones.

Las aportaciones que efectuamos a un Plan de Pensiones deben aparecer de forma automática al recuperar los Datos Fiscales. Para ello, el Banco debe haber transmitido los datos. No obstante, como hemos venido exponiendo en ésta y en entradas anteriores, siempre es recomendable revisarlo por si acaso, dado que dichas aportaciones pueden permitirnos disminuir la Base Imponible, lo que supone un pago inferior de impuestos.

Aquello que no encontraremos reflejado son las aportaciones que hagamos a favor de nuestro cónyuge. En este caso, la normativa reguladora del Impuesto permite la deducción con un máximo de 2.500 euros al mes, con una restricción: los ingresos de éste no deben superar los 8.000 euros.

Deducción por Obras de Mejora.

Este tipo de desgravación solamente está disponible para aquellos sujetos pasivos que realizaron obras antes del 1 de Enero de 2013. Se permite que en la Declaración se consignen aquellas cuantías que en su momento no se pudieron incluir.

 

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