Gastos de creación de una sociedad mercantil

Gastos de creación de una sociedad mercantil

Es importante considerar los costes que puede generar constituir una sociedad sobre todo teniendo en cuenta que, es probable, que al principio del desarrollo de nuestra actividad no tengamos ingresos, por lo que tendremos que pagar los gastos que surjan de nuestro bolsillo.

Antes de nada, plantéate si es necesario constituir una sociedad o puedes darte de alta como autónomo y dejar la constitución y los gastos que supone para más adelante. Busca asesoramiento en este sentido, y elige la mejor opción.

¿Cuáles son los gastos de creación de una sociedad mercantil?

A continuación, te vamos a detallar los gastos de creación de una sociedad mercantil más habituales y a los que tendrás que hacer frente:

Reserva de la denominación social

Lo primero que tendrás que hacer a la hora de constituir una sociedad mercantil es cotejar que el nombre de la sociedad que has elegido no existe. Para ello deberás pedir una certificación negativa al registro mercantil. Este trámite tiene un coste de entre 15 y 20 euros aproximadamente.

Gastos Notariales

La constitución de la sociedad se realiza a través de una escritura pública ante Notario. Por lo tanto, tendremos que hacer frente al pago de los aranceles notariales en función de la cuantía del documento (capital social). Los aranceles notariales son iguales para todos los Notarios y podremos consultar su importe acudiendo a un Notario o llamando por teléfono a una Notaría.

Gastos Registrales

Una vez que tengamos la sociedad constituida y hayamos pagado los correspondientes impuestos, deberemos inscribir la escritura de constitución en el Registro Mercantil, para lo cual tendremos que hacer frente al pago de los aranceles registrales. Normalmente el Registro Mercantil solicita una provisión de fondos al depositar la escritura y cuando ya está inscrita realiza una liquidación y devuelve el sobrante, si es que lo hay.

Gastos de la gestoría y de asesoramiento legal

Los trámites de llevar la escritura de constitución a Hacienda para pagar los correspondientes impuestos y al Registro Mercantil para la inscripción de la sociedad, los podemos realizar nosotros mismos o a través de una gestoría que nos cobrará unos honorarios por dichas gestiones. Esto honorarios no están establecidos por normativa, como sucede en el caso de los honorarios registrales o notariales, por lo que es aconsejable preguntar antes cuánto cobra cada gestoría.

Por otro lado, para la elaboración de los estatutos de la sociedad es posible que necesitemos el asesoramiento de un abogado mercantilista, en cuyo caso será necesario hacer frente a sus honorarios.

Importe del capital social

Aunque no es un gasto en sí mismo, el depósito del capital social de la sociedad que se constituya supone un coste. Dependiendo del tipo de sociedad que constituyamos el importe del capital social variará.

Realmente, como decíamos, no se trata de un gasto, sino de una inversión porque es un dinero que está disponible para la sociedad.

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