Estos son los seguros que debes contratar para tu empresa

Estos son los seguros que debes contratar para tu empresa

Obligatorios

La no contratación de estos seguros establecidos por ley, supondrá para las empresas la imposición de multas, sanciones e, incluso, el cese de la actividad:

1-Seguros de convenio: Viene establecido por el convenio en que se enmarca la actividad de la empresa, aunque no todos exigen su contratación. Está destinado a cubrir los accidentes que pueda sufrir el trabajador en el desempeño de su labor. El tomador es la empresa y el asegurado cada uno de los empleados. Aquellas pymes o microempresas que no se rigen por un convenio, deben contratarlo también.

En la negociación colectiva se establecen los capitales que recibirá el asalariado en caso de accidente profesional. Determinados convenios, como el de hostelería, establecen la obligatoriedad de un seguro de vida además del de accidentes.

2-Seguro de Responsabilidad Civil: Sirve para proteger el patrimonio de la empresa frente a reclamaciones de terceros, dado que el ejercicio de la actividad profesional, industrial y empresarial puede causar un perjuicio a otros, como daños materiales, corporales y pérdidas económicas. En ciertos casos, es el propio cliente el que puede exigir este tipo de seguro para determinados trabajos.

3- En el sector de construcción, la ley obliga a contratar un seguro ‘decenal’. La normativa obliga ofrecer una garantía de al menos diez años a los compradores de los inmuebles nuevos, en especial, para edificios cuyo destino principal sea el de vivienda.

4- Seguro para vehículos: Cuando la empresa tiene algún vehículo con el cual se realiza la actividad empresarial, ya sean turismos, furgonetas o camiones industriales, debe asegurarlos igual que cualquier otro propietario.

Voluntarios

Entre los seguros que las empresas deberían contratar a su conveniencia destacan:

-Seguros ‘multirriesgos’: Recomendables en caso de realizar la actividad en un local u oficina. Están destinados a cubrir todas las necesidades de las pymes. En concreto se ocupan de aquellos daños que pueda sufrir el local o producir a los vecinos. Aunque supone un gasto añadido para las empresas, es más rentable que asumir los gastos que pueden ocasionar.

Responsabilidad Civil Patronal: Garantizará el abono de indemnizaciones que el trabajador, beneficiarios u otros puedan reclamar por alguna responsabilidad en que hubiere incurrido la empresa o el autónomo que los tenia trabajando a su cargo.

Responsabilidad Civil de Productos: cubre los daños que pueda ocasionar el producto vendido como consecuencia de la actividad empresarial, después de su entrega.

-Responsabilidad de Explotación: Garantizará aquellos gastos que la empresa deba afrontar como consecuencia directa de su actividad.

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