La Ley establece 30 días como mínimo

Ésta es la normativa que regula las vacaciones de los trabajadores

¿Cuántos días tengo de vacaciones?

En el artículo 38, “en ningún caso” las vacaciones serán menos de 30 días naturales al año y, podrían ser más si el convenio colectivo así lo establece. Por tanto, estos periodos serán los mismos aunque los trabajadores tengan jornada parcial, reducción voluntaria o reducción por ERE. No podrán ser sustituidos por una compensación económica.

Acuerdo empresario /trabajador

El periodo o periodos de vacaciones se fijarán, de común acuerdo, entre empresario y trabajador, conforme con lo establecido, en su caso, en los convenios colectivos sobre la planificación anual.

En caso de desacuerdo entre las partes, la jurisdicción competente será la encargada de marcar el tiempo de disfrute y su decisión será irrecurrible.

Calendario de vacaciones

El calendario se determinará en cada empresa. El trabajador deberá conocer las fechas dos meses antes como mínimo antes del comienzo de las vacaciones. Cuando este periodo coincida con un embarazo, parto o lactancia, la empresa deberá conceder las vacaciones cuando finalice la incapacidad temporal.

Falsedades

1-No es cierto que tengan preferencia en las vacaciones los trabajadores que tengan hijos menores o los de mayor antigüedad en la empresa, a no ser que lo indique de forma especial en el convenio.

2- La empresa no podrá escoger de forma arbitraria las fechas según sus propios intereses.

3-El hecho de que la firma haya usado un método incorrecto de asignación de vacaciones durante años no significa que los empleados afectados pierdan ninguno de sus derechos.

4-Es falso que la empresa, ante un conflicto, pueda decidir las vacaciones de sus trabajadores de forma unilateral.

¿Puede la empresa obligar a cobrar las vacaciones sin disfrutarlas?

No, dado que en el artículo 38 del estatuto de los Trabajadores, las vacaciones no son compensables de forma económica, ni siquiera aunque se firme un documento por el que el trabajador aceptara dicho pago. Sería nulo porque la normativa hace una prohibición expresa al respecto.

¿Se pierden las vacaciones que coincidan con una baja?

Ante esta cuestión ha habido confirmación por parte del Tribunal Europeo y el Supremo de que las vacaciones en un periodo de baja “nunca se pierden”.

En la reforma laboral de febrero de 2012, se estableció que los periodos de descanso de los trabajadores se pueden disfrutar hasta 18 meses después de que finalice el año al que correspondan.

…Y, ¿puede una empresa descontar días de vacaciones?

El artículo 58.3 del Estatuto establece: “No se podrán poner sanciones que consistan en la reducción de la duración de las vacaciones u otra minoración de los derechos al descanso”.

Si se diera el caso de que un empleado faltara de manera injustificada o justificada, fuera de un permiso retribuido, tendría que recuperar el tiempo perdido o sufrirá un descuento de nómina de dicho tiempo o, incluso, la sanción, pero sólo en días de empleo y sueldo.

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