Jueves, 25 de Abril de 2024
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Durante 2017 aumentarán las actuaciones de Inspección de Trabajo

Durante 2017 aumentarán las actuaciones de Inspección de Trabajo

También nos preguntamos qué puede solicitarnos el inspector, los plazos disponibles para ejercer reclamaciones ante las sanciones impuestas y cuáles son los pasos a seguir durante todo el proceso, entre otras cosas.

Además, también deberíamos conocer qué tipo de comportamiento ante la inspección podría ser motivo de sanción, y estar preparados por si cualquier día aparece el inspector de trabajo por la puerta.

Qué es la inspección de trabajo

Se trata de un procedimiento rutinario, al que puede verse sometido cualquier negocio que cuente con empleados contratados. Los inspectores acuden a las empresas para controlar y vigilar que tanto la empresa como los trabajadores están cumpliendo con las responsabilidades administrativas obligatorias por ley.

Además también han de comprobar que en las empresas existen asesoramiento e información adecuados en cuanto a seguridad social, materia laboral y salud y riesgos laborales.

Es cierto que en ocasiones los inspectores o subinspectores de empleo acuden a las empresas porque alguien ha formulado una denuncia contra la misma, pero como decíamos, se trata de un procedimiento rutinario, por lo que cualquier empresa puede verse expuesta con o sin denuncia previa.

Y no sólo a las empresas, también son susceptibles de recibir una visita de Inspección de Trabajo las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, y las comunidades de bienes, ya que también son sujetos obligados y responsables del cumplimiento de las normas de Orden Social.

Cómo actuar ante la inspección

Ante una visita de Inspección de Trabajo es básico que nos mostremos dispuestos a colaborar. En primer lugar, debemos tener claro que no podemos negarnos a que el inspector realice su trabajo, tanto si acude a nuestra empresa con preaviso como si no.

Debemos permitir el acceso a cualquier instalación del centro de trabajo, tanto al inspector como al personal de apoyo que acuda con él; en caso de que solicite realizar la visita acompañado de alguno de nuestros trabajadores, este quedará automáticamente obligado a ello.

Entre las actuaciones del inspector pueden darse algunas de éstas: reclamarnos cualquier tipo de documentación, solicitar que identifiquemos a todo el personal presente en la empresa, hacer mediciones o tomar muestras en la empresa, reconocer todo el local, etc.

Negarse a los requerimientos del inspector, al margen de que lo que solicite o revise esté en orden o no, es motivo para que la empresa se lleve una sanción.

Qué puede solicitarnos el inspector

Su trabajo implica que tiene el derecho y la obligación de analizar la actividad sujeta a inspección. El inspector puede abrir diligencias, pruebas o realizar todo tipo de exámenes que considere oportunos.

Para realizar este tipo de comprobaciones, el inspector puede solicitar las claves de acceso a ordenadores, que los empleados se identifiquen presentando su DNI, solicitar también declaraciones de los empleados y del propio empresario, y tomar fotografías, muestras, vídeos o cualquier tipo de registro que considere necesario.

En el caso de que un inspector tenga sospechas importantes sobre la posibilidad de que la empresa esté destruyendo u ocultando pruebas, o que en ella existan riesgos laborales muy probables, éste está capacitado para establecer medidas cautelares.

Dentro de sus requerimientos, los inspectores pueden solicitar también el libro de visitas, la comunicación de apertura de la autoridad laboral, el horario y el calendario laboral, el parte de alta y los justificantes de pago de las cuotas del RETA, los recibos de los salarios, los partes de altas y bajas de los trabajadores, el justificante del alta en la Seguridad Social de la empresa y de los de que se están pagando las cuotas a la misma, los resúmenes de las horas extraordinarias o los contratos de trabajo que hayan sido presentados ante la oficina de empleo, que irán acompañados de los correspondientes justificantes de su comunicación.

En cuanto a los empleados extranjeros, podrá requerir sus autorizaciones de trabajo y la documentación pertinente de estos empleados. También podría solicitar el libro de contabilidad, la escritura de constitución de la sociedad, la declaración del impuesto de sociedades y la de retenciones del IRPF, la declaración de operaciones con terceros y toda la documentación relacionada con la prevención de riesgos laborales así como el documento de asociación, a efectos de accidentes de trabajo, los justificantes de aplazamientos y fraccionamientos de pago, el documento acreditativo de alta en el IAE, y por último los contratos mercantiles.

Plazos par reclamar

Si el inspector detecta una infracción en nuestra empresa levantará un acta. Una vez que recibamos la notificación de dicha acta, dispondremos de 15 días hábiles para presentar las alegaciones que consideremos oportunas.

En estos casos es importante revisar bien la notificación que recibamos, para comprobar que no contiene ratas. Ya que no se expectores se pueden equivocar y una notificación defectuosa puede anular todo el procedimiento.

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