Viernes, 19 de Abril de 2024
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¿Cuáles son los libros mercantiles obligatorios para una sociedad?

¿Cuáles son los libros mercantiles obligatorios para una sociedad?

Debe distinguirse entre si tienen naturaleza puramente contable o no. Entre los primeros, debemos destacar:

  • Libro de Inventarios y Balances.
  • Libro Diario.
  • Libro Mayor.

Existen también otro tipo de libros, que no son contables, pero que legalmente y dependiendo del tipo de Empresa de que se trate, es necesario su llevanza, como son los siguientes:

  • Libro de actas.
  • Libro de registro de acciones nominativas.
  • Libro de registro de socios.
  • Libro registro de contratos.

Vamos a estudiarlos uno por uno:

LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES

Se trata de un libro unificado en el que se reflejan las transcripciones del Balance inicial de la empresa, el Balance de Comprobación de Sumas y Saldos e Inventario de Patrimonio de cierre del ejercicio

¿Qué información refleja cada uno?

El Balance inicial representa una imagen de carácter contable que muestra la situación patrimonial de bienes, derechos y obligaciones de la Empresa al inicio del ejercicio.

El Balance de Comprobación de Sumas y Saldos tiene como función hacer una relación de todas y cada una de las cuentas del Balance y de Pérdidas y Ganancias.

El Inventario es un listado descriptivo en el que se valoran los elementos que forman el patrimonio de la Empresa. Para ello, se hace un recuento físico, se identifican los bienes, derechos y obligaciones, se pone su descripción, se cuantifica (número de unidades) y se valora (valor unitario y global).

LIBRO DIARIO

En él se registran todos los movimientos que se suceden día a día que tienen relación con la actividad de la Empresa.

LIBRO MAYOR

No se trata de un libro obligatorio pero a efectos de funcionamiento contable es de vital importancia. Por ejemplo, si en el Libro Diario se registrasen de forma conjunta los totales de las operaciones hechas en el ejercicio, sería necesario otro libro en el que se recogiera el detalle de todos los movimientos.

LIBROS NO ESTRICTAMENTE CONTABLES

Cómo hemos comentado anteriormente, existen otro tipo de libros que no tienen estrictamente carácter contable, los cuales repasaremos a continuación:

LIBRO DE ACTAS

En él se inscriben los acuerdos que se toman en la Junta de Accionistas de la Empresa, tengan carácter general o extraordinario, y por otros Órganos Colegiados de la Sociedad.

En dichas actas, deberán recogerse los datos de convocatoria y constitución del órgano que presidirá la Junta, un resumen de los temas tratados, aquellas intervenciones que hayan hecho los asistentes y sean suficientemente relevantes para que conste, los resultados de la votación. y las firmas.

LIBRO REGISTRO DE ACCIONES NOMINATIVAS

En él se recogerá el detalle de la composición del accionariado de una Sociedad Anónima, debiéndose incluir nombre y apellidos (en caso de persona física) o denominación social (si se trata de una Empresa), número de acciones, valor unitario de cada una, porcentaje del total del capital y derechos que supone tenerlas, como por ejemplo derecho a voto, así como las altas y bajas que haya a este respecto.

LIBRO REGISTRO DE SOCIOS

Es el equivalente al Libro Registro de Acciones Nominativas pero para las Sociedades Limitadas que, en vez de tener el capital repartido en acciones lo tienen en participaciones sociales. El funcionamiento es el mismo, es decir, se debe detallar quien o quienes son los propietarios de esos títulos, con cuantos cuentan y qué derechos les da el tenerlos.

LIBRO DE CONTRATOS CELEBRADOS ENTRE SOCIO ÚNICO Y SOCIEDAD

Está pensado para las Sociedades Unipersonales, en las que el capital recae todo sobre una misma persona, y ese Socio Único va a celebrar contratos con la propia Empresa.

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